Ayuntamiento 01

El cocinado y consumo de paellas, sin que exista venta ni consumo de esa venta, es un acto privado que no requiere autorización de los servicios municipales de Sanidad. “Lo único que se ha hecho es recopilar, armonizar, tematizar y dividir la normativa por competencias para darle un sentido lógico”.

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Los concejales Félix Crespo, Francisco Lledó y Lourdes Bernal han comparecieron el viernes conjuntamente para salir del paso de la controversia suscitada en relación a la nueva normativa de ocupación de dominio público y su repercusión en determinadas actividades festivas que se realizan en las calles de Valencia. Félix Crespo fue tajante al afirmar que esta “polémica” está sustentada en un “error de base” en el que algunos se han dejado llevar por afirmaciones que no se corresponden con la realidad.

Tanto Crespo como sus compañeros del equipo del gobierno recalcaron que esta Ordenanza del dominio público recopila la normativa que ya se aplicaba por parte de distintos servicios, reunificada ahora en un único cuerpo legal. “Lo que hemos hecho ha sido recopilarla, armonizarla, tematizarla, dividirla por competencias y darle un sentido lógico”, aseguraba Félix Crespo antes de afirmar con rotundidad que la normativa que rige estas actividades festivas en la calle “es en un 99 % la misma que se ha venido aplicando hasta ahora con relación a las actividades de las fallas u otras de carácter festivo”.

Los concejales defendieron aspectos como que se exija poner arena en el suelo para guisar una paella, o que los alimentos no se dejen en el suelo. “¿A quién le puede molestar esto?”, afirmó antes de puntualizar que “no se ha añadido nada que no se estuviese pidiendo hasta ahora”, tampoco en cuestiones como la instalación de juegos infantiles. “No estamos queriendo fastidiar a nadie ni impedir ningún tipo de festejo, pero tenemos que velar por la seguridad de los niños que utilizan esos juegos”.

Se puntualizó igualmente la clara diferencia que hay entre una actividad gastronómica privada, como la realización de una paella para consumo de los miembros de la Falla, o aquel caso en que existe una intención de venta de lo que se ha guisado y posterior consumo de esa venta. En el primero de los supuestos se trata de un acto privado que no requiere autorización por parte de los servicios municipales de Sanidad, tal y como corroboró la concejala Lourdes Bernal. “Sanidad nunca ha entrado en el consumo privado de paellas”.