Para la comisión de recursos la conducta es constitutiva de infracción, pero a pesar de esto consideran que Alberto García Iranzo actuó sin mala fe, que pudo actuar bajo un "error de prohibición vencible", lo que podría entenderse como un mal entendido tras la conversación mantenida con el Secretario General de JCF Vicente Fayos, y que el desfile se produjo fuera del horario establecido para la ofrenda.
Por estos motivos proponen a la Asamblea de Presidentes que se le aplique la sanción prevista en el artículo 77.b) del presente Reglamento Fallero, "Apercibimiento por escrito" y en caso de reincidencia ser sancionado con la inhabilitación de cualquier cargo directivo por el periodo de dos años.

Esta resolución será expuesta en la Asamblea de Presidentes a celebrar el próximo jueves, teniendo que ser ratificada por estos.